
El Tribunal Oral Federal 5 sobreseyó a Cristina Kirchner y a sus hijos Máximo y Florencia en la causas por lavado de dinero Hotesur SA y Los Sauces, sin realizar el juicio oral. También estaban acusados los empresarios K Lázaro Báez y Cristóbal López.
Se trata de la tercera causa por corrupción en la que es sobreseída la vicepresidenta: el mismo resultado había obtenido en octubre en la causa de encubrimiento del atentado a la AMIA a través del Memorándum con Irán y, antes, en la causa por defraudación al estado del Dólar Futuro.
Los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg, sin el acompañamiento de la jueza Adriana Pallioti, dieron lugar al pedido que había hecho Cristina Kirchner y decidieron anular la investigación por la que fue procesada y enviada a juicio oral.
Los magistrados sobreseyeron a Cristina Kirchner pese a que el fiscal federal Diego Velasco había opinado que la vicepresidenta y sus hijos debían enfrentar un juicio oral unificado por ambas causas, y por lo tanto debía rechazarse su sobreseimiento.
Según los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg, no se constató siquiera “mínimamente un concreto daño, o peligro, para con el orden o la tranquilidad pública”.
El punto “central”, para los magistrados, es que “las transferencias de fondos -o beneficios otorgados- inexorablemente revistieron un origen lícito, no sólo porque debieron ingresar (o ser aplicados) a través de medios bancarios o financieros al sistema económico, sino porque dichos movimientos estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales y/o autoridades públicas”.
“Ese dinero ya ab initio estaba ‘limpio’ en su apariencia, estaba ‘blanqueado’ y no podía, ni requería, ser ‘lavado’ para continuar su camino en el circuito financiero y/o comercial/contractual”, consideraron Obligado y Grünberg.
En cambio, la jueza Adriana Pallioti entendió que sobreseer a la vicepresidenta implicaría valorar “anticipadamente –y por eso de manera impropia-”, las pruebas.
“El único ámbito para discutir la totalidad de los planteos formulados por los defensores resulta ser, inexorablemente, el debate oral, público, contradictorio y continuo, principal etapa del procedimiento penal que garantiza la inmediación entre las partes, favoreciendo la confrontación de las evidencias recabadas durante la instrucción”, sostuvo.
Qué investigan las causas Hotesur y Los Sauces
La causa Hotesur investigó el alquiler de plazas hoteleras, como mecanismo de “retorno”, al empresario Lázaro Báez, detenido por lavado de dinero en otra investigación. En el caso Los Sauces son también sospechas de maniobras de lavado de dinero a través del alquiler de propiedades: la inmobiliaria de la familia Kirchner tuvo hasta el 2015 dos inquilinos, que representaron el 86% de la facturación e ingresos por $25.600.0000. Se trata de Báez y Cristóbal López.
Cristina Kirchner y Lázaro Báez están unidos por al menos 18 operaciones de compraventa de inmuebles. El empresario santacruceño administró sus empresas, fue inquilino de su principal inmobiliaria, y tienen en condominio un terreno. Como Cristina le heredó todos sus bienes a Máximo y Florencia, hoy ellos tienen un terreno en condominio con Lázaro Báez.
Una pericia que ingresó al Tribunal Oral Federal 5 confirmó las sospechas sobre Los Sauces S.A.: la inmobiliaria no tenía los fondos para comprar la cantidad de inmuebles que compró y luego puso en alquiler a favor de Báez y Cristóbal López. Según la investigación, esa empresa nunca tuvo fines comerciales sino que fue solamente una pantalla para lavar dinero. Nunca tuvo, siquiera, una oficina.
El abogado de los Kirchner, Carlos Beraldi, habló de una pericia contable no concluida aún, y señaló que esa pericia expuso la bancarización de todos los contratos celebrados en el caso de la inmobiliaria Los Sauces SA. El fiscal Diego Velasco había recordado que esa medida de prueba —pedida por la vicepresidenta— no estaba terminada, y que se habían detectado diversas irregularidades en un análisis preliminar.
A ese tema hizo referencia la magistrada en su fallo, al señalar que el examen era por el momento «parcial», tal como lo refirieron los expertos que lo suscribieron, lo que es «una circunstancia no menor», pues «impide que sea efectivamente analizado y ponderado en forma exhaustiva para arribar a un juicio conclusivo en cualquier instancia».
Los jueces Grunberg y Obligado primero rechazaron la vinculación de Hotesur y Los Sauces con el caso Obra Pública. Los fiscales acusadores habían dicho que parte del dinero irregular que Lázaro Báez habría percibido a través de los contratos viales, se volcó a operaciones de blanqueo. Los jueces concluyeron que “las conductas enrostradas a Cristina Fernández de Kirchner no eran punibles cuando comenzaron a ejecutarse”.
El punto central y decisivo fue que, “las transferencias de fondos —o beneficios otorgados— inexorablemente revistieron un origen lícito, no sólo porque debieron ingresar (o ser aplicados) a través de medios bancarios o financieros al sistema económico, sino porque, como se dijo, dichos movimientos —o beneficios, en su caso— estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales y/o autoridades públicas”, votaron los dos jueces.
Por lo tanto, entendieron que “ese dinero ya estaba ‘limpio’ en su apariencia, estaba ‘blanqueado’ y no podía, ni requería, ser ‘lavado’ para continuar su camino en el circuito financiero y/o comercial/contractual”.
Entonces indicaron que las presuntas maniobras de lavado de dinero imputadas en las causas Los Sauces y Hotesur “resultan atípicas del delito de lavado de activos, correspondiendo, por lo tanto, los sobreseimientos respectivos.
Fuentes: tn.com.ar / clarin.com